Declaración de Principios y Estatutos

Nebulaudio — Plataforma de Música Humana y Ética
Versión 1.2 · 28 de enero de 2026

Manifiesto Nebulaudio

En una era donde las máquinas aprenden a imitar,
nosotros elegimos honrar quien crea desde el alma.

Nebulaudio no es una librería de sonidos.
Es un pacto:
— entre compositores que escriben con manos y memoria,
— entre creadores que buscan autenticidad, no ruido,
— y entre una tecnología que no reemplaza, sino que sirve.

Aquí, cada obra instrumental breve (≤3 minutos)
es un acto de resistencia contra la banalidad.
Cada partitura adjunta, una promesa de autoría humana.
Cada descarga, un reconocimiento:
“Esto fue hecho por alguien que siente.”

Rechazamos la ficción de que la IA puede poseer voz.
Pero abrazamos su potencial para sostener económicamente
a quienes sí tienen una.

Por eso, la música generada por inteligencia artificial
en Nebulaudio no compite: financia y libera.
Su utilidad se convierte en salario universal
para todos los compositores humanos,
mientras que sus derechos conexos se ceden íntegramente al creador visual que la adquiere,
dándole propiedad funcional sin usurpar la autoría humana.

Así, la IA gana ventaja competitiva…
y la Inteligencia Humana, dignidad permanente.

Nuestro algoritmo es aleatorio, sí —
pero justo:
quien más siembra, más presencia cosecha.
No por algoritmo opaco, sino por mérito visible.

Nebulaudio no salva al arte.
Lo acompaña mientras evoluciona.

Y en ese acompañamiento,
la humanidad sigue siendo la compositora.

📩 Carta de bienvenida para compositores

⚠️ Aceptación Expresa

El acto de subir una obra musical a la plataforma Nebulaudio constituye la aceptación plena, voluntaria e irrevocable de todos los términos, principios y estatutos aquí declarados. No se requiere firma adicional. La carga de la obra es, en sí misma, un acto de adhesión contractual.

I. Definición del Socio-Compositor

1.1 Se reconoce al Socio-Compositor como una entidad de Inteligencia Biológica (I.B.) con plena autonomía creativa. Su relación con la plataforma no es de subordinación, sino de sociedad compartida.
1.2 Autonomía Administrativa: El socio es el único responsable de la curaduría, carga y retiro de sus obras a través de su panel privado.
1.3 Exposición Proporcional: La visibilidad en el mercado es un sistema meritocrático basado en el volumen y la calidad de la producción entregada por el socio.

II. Régimen de Propiedad Intelectual y Derechos

2.1 Nebulaudio opera bajo un modelo de protección dual:
2.2 Derechos de Autor (Morales y Patrimoniales): Permanecen íntegramente en poder del compositor.
2.3 Derechos Conexos (Comunicación Pública/Reproducción): Se faculta a la plataforma para gestionar licencias de uso en fragmentos de 30 a 90 segundos para creadores de contenido, garantizando que el origen de la obra sea siempre atribuido al socio.

III. Arquitectura Financiera (Modelo 85/15)

3.1 El flujo económico se rige por la transparencia total reflejada en el panel en tiempo real:
3.2 Margen del Socio (85%): El ingreso directo por cada descarga es propiedad del compositor.
3.3 Margen de Escalabilidad (15%): Este porcentaje se destina al mantenimiento tecnológico, ciberseguridad, marketing global y mejora de servicios para el usuario final y el socio.

IV. El Fondo de Acción Social I.A. (Fase 2)

4.1 Este es el principio de solidaridad colectiva que define a la marca CERT.
4.2 Origen del Fondo: El 100% de la utilidad neta percibida por las descargas de música generada por I.A. dentro de la plataforma se acumulará mensualmente.
4.3 Distribución Equitativa: Dicho fondo se repartirá en partes iguales entre todos los socios compositores humanos activos, independientemente de sus ventas individuales.
4.4 Propósito: Crear un colchón financiero que proteja al artista humano, convirtiendo a la I.A. en un motor de soporte económico y no en una competencia hostil.

V. Coexistencia I.B. / I.A.

5.1 Nebulaudio se establece como un ecosistema donde la Inteligencia Biológica aporta el alma y la dirección creativa, mientras que la Inteligencia Artificial aporta la masividad y el sustento financiero del fondo común, coexistiendo en un equilibrio simbiótico.

VI. El Algoritmo de Aleatoriedad y Mérito de Presencia

6.1 Nebulaudio no funciona como una vitrina estática, sino como un flujo dinámico de descubrimiento musical.
6.2 Exposición Aleatoria: La música se presenta al usuario final de forma aleatoria, rompiendo sesgos de popularidad previa y garantizando que cada obra tenga la oportunidad de ser escuchada.
6.3 Ficha Técnica y Partitura: Cada fragmento musical expuesto vendrá acompañado obligatoriamente de una ficha técnica breve y su respectiva partitura, aportando valor educativo y profesional al creador audiovisual.
6.4 Probabilidad Proporcional (Mérito de Presencia): La visibilidad del socio está directamente ligada a su nivel de actividad. El algoritmo favorece la frecuencia de aparición en función de la cantidad de obras activas en la biblioteca. A mayor volumen de composiciones de calidad subidas por el socio, mayor es su "peso" dentro del sistema de aleatoriedad.
6.5 Incentivo a la Creación: Este sistema recompensa el compromiso del compositor con la plataforma, fomentando una producción constante para maximizar sus índices de descarga y su impacto en el mercado.

VII. Régimen de Obras Generadas por I.A.

7.1 Las obras musicales generadas mediante Inteligencia Artificial en las fases Pro y Studio son consideradas creaciones funcionales sin autoría moral, ya que carecen de conciencia, intención o identidad biológica.
7.2 Derechos Conexos Transferibles: Al adquirir una obra generada por I.A., el usuario recibe una licencia de marca y derechos conexos plenos, incluyendo el derecho a:
  • Utilizar la obra en cualquier plataforma o medio;
  • Modificarla, sincronizarla o integrarla en su propio contenido;
  • Registrarla como parte de su propiedad intelectual derivada (por ejemplo, en un video, juego o podcast).
7.3 Esta cesión total de derechos conexos no aplica a las obras de Inteligencia Biológica (I.B.), cuya autoría moral y patrimonial permanece inalienable en manos del compositor humano, conforme al Artículo 2.2.
7.4 Este diseño crea una doble ventaja competitiva: — Para el creador visual: obtiene control total sobre la obra de IA, sin riesgos legales. — Para el compositor humano: su obra no se diluye en el anonimato algorítmico, sino que se protege, valora y remunera directamente.

VIII. Nebulaudio Studio Streaming – Principios Fundacionales

8.1 Estructura en Capas: Nebulaudio Studio Streaming opera en dos niveles:
  • Capa Privada ($12/mes): Acceso exclusivo para artistas registrados, con herramientas de grabación, IA de referencia vocal/instrumental, y gestión de causas sociales.
  • Capa Pública: Espacio abierto donde demos, avances y producciones finales son visibles para patrocinantes, fundaciones y público general.
8.2 Fases de Desarrollo Artístico: Todo proyecto en Studio sigue una progresión estructurada:
  • Pre-producción: Selección de causa, grabación de demo, vinculación con fundación.
  • Producción: Colaboración con compositor humano del catálogo, financiamiento colectivo, ejecución artesanal.
  • Post-producción: Lanzamiento en streaming, distribución de regalías, reconocimiento de patrocinantes como productores ejecutivos (si aportan >50%).
8.3 Transición IA → Humano: Las obras generadas inicialmente por IA sirven como semilla creativa. Una vez financiada, la pieza se reinterpreta con un compositor humano, asegurando profundidad artística y trazabilidad ética.
8.4 Gobernanza de Derechos en Streaming: — Las obras humanas mantienen su autoría intacta. — Las obras de IA usadas en demos son reemplazadas en la versión final por composiciones humanas. — Los patrocinantes adquieren beneficios (regalías, productos firmados, reconocimiento), nunca derechos de autor sobre la obra del artista.
8.5 Diseño Conductual Único: Nebulaudio Studio Streaming no prioriza el consumo pasivo, sino la conexión intencional entre artista, causa social y audiencia. Cada interacción tiene propósito: escuchar, apoyar, transformar.
Firma del Fundador — Nebulaudio / CERT
Carlos Reyes • 28 de enero de 2026

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